tag:blogger.com,1999:blog-86160316115964079632024-02-07T23:42:39.539-03:00FUNDESI - BlogAnonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comBlogger31125tag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-70297024869222172822016-11-06T20:26:00.000-03:002016-11-06T20:26:11.312-03:00XIV JORNADAS BONAERENSES DE DERECHO CIVIL, COMERCIAL Y PROCESAL: COMISIÓN DE DERECHO COMERCIAL
CONCLUSIONES COMISIÓN DE DERECHO COMERCIAL.ELECCIÓN DE MEJOR PONENCIA.
1) En el limitado marco del debate suscitado, mediaron críticas generalizadas sobre algunos aspectos de la regulación del capítulo IV de la Ley General de Sociedades. Se objeto la técnica legislativa y falta de precisión en la determinación de su ámbito de aplicación y alcance.
2) Como criterio unánime se calificó como Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-37697086255075852262016-11-06T20:25:00.003-03:002016-11-06T20:25:40.405-03:00XIV JORNADAS BONAERENSES DE DERECHO CIVIL, COMERCIAL Y PROCESAL: COMISION NRO. 1 DERECHO CIVIL
COMISION NRO. 1 DERECHO CIVIL SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL.
1.INTERPRETACION DEL PRINCIPIO DE PREVENCION
A) El deber de prevención es un principio general del derecho. Rige también respecto del Estado y de los funcionarios públicos. Unanimidad.
B) En el supuesto del inciso b) del art. 1710 CCCN la reparación debe ser plena. Unanimidad.
C) El deber Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-70863069823556731742016-11-06T20:25:00.000-03:002016-11-06T20:25:06.293-03:00XIV JORNADAS BONAERENSES DE DERECHO CIVIL, COMERCIAL Y PROCESAL: Comisión Derecho de Familia
Comisión: Derecho de Familia
Efectos patrimoniales en la ruptura del vínculo matrimonial y en la unión convivencial
Eje temático Compensación Económica
Ponencia de la Dra. Venini
De lege lata
Renuncia a la compensación económica
Despacho Mayoría
No es admisible la renuncia anticipada a la compensación económica formulada por los convivientes al momento de celebrar el pacto de Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-17045284415423974782016-11-06T20:24:00.000-03:002016-11-06T20:24:31.731-03:00XIV JORNADAS BONAERENSES DE DERECHO CIVIL, COMERCIAL Y PROCESAL: COMISION 4: DERECHO PROCESAL. PROCESO DE FAMILIA
DESPACHO DE COMISION
COMISION 4:
DERECHO PROCESAL. PROCESO DE FAMILIA: INCIDENCIA DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
La comisión 4 desarrolló su actividad el día jueves 27 de noviembre en el horario preestablecido.
Fue presidida por los doctores Roberto O. Berizonce y Mario E. Kaminker.
Actuaron como Coordinadores los doctores S. Patricia Bermejo, Carlos E. Camps, Jorge A. Rojas y Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-69012287641967271402016-11-04T12:22:00.001-03:002016-11-04T12:42:30.316-03:00XIV Jornadas Bonaerenses de Derecho Civil, Comercial y Procesal- Comisión 5 Derecho Procesal
Comisión
5. Derecho Procesal: “Cargas Probatorias y cargas probatorias dinámicas en el
Código Civil y Comercial”
Presidentes: Roland Arazi – Jorge Peyrano
Coordinadores: Leandro Giannini – Ramiro Rosales Cuello – Gabriel H. Quadri
Despacho en comisión. Comisión n° 5: “Carga dinámica de la prueba”
La Comisión debatió sobre distintos aspectos vinculados con la recepción de la doctrina de Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-66147844872918667152016-09-30T11:19:00.008-03:002016-10-03T19:14:54.019-03:00Premios Konex 2016 : Docentes y Profesores en Fundesi
Premios Konex - 2016 - HumanidadesDOCENTES Y PROFESORES QUE HAN DADO CLASE EN FUNDESI
Premio Konex de BrillanteAída R. Kemelmajer de Carlucci
Premios Konex de PlatinoDerecho Procesal, Internacional y de la IntegraciónRoland Arazi
Diplomas al MéritoDerecho Procesal, Internacional y de la IntegraciónEnrique M. Falcón
Diplomas al MéritoDerecho CivilRamón Daniel Pizarro
Diplomas Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-24201394316605322312016-09-19T14:08:00.002-03:002016-09-19T14:08:37.898-03:00Premio Konex 2016 - Diplomas al Mérito: Humanidades
Premios Konex 2016 - Diplomas al Mérito: Humanidades | 17 - DERECHO PROCESAL, INTERNACIONAL Y DE LA INTEGRACIÓN
Diplomas al Mérito: Raúl Emilio Vinuesa, Mónica Pinto, Enrique M. Falcón, Zlata Drnas de Clément, Roland Arazi, Luis Ovsejevich (Presidente Fundación Konex), Bernardo Kosacoff (Presidente Gran Jurado).
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-29057362287311856682016-09-15T00:31:00.005-03:002016-09-15T00:39:09.289-03:00LA PRUEBA GENÉTICA EN LOS JUICIOS DE FILIACIÓN: OBTENCIÓN DE ADNEn las acciones de
filiación el Código Civil y Comercial de
la Nación (en adelante CCyCN) sigue, con algunas variantes, el criterio de la
ley 23511 (art. 4º) al considerar la negativa a someterse a los exámenes para
realizar la prueba genética, como un indicio contrario al renuente (art. 579 CCyCN). Califica de “grave” el
indicio y no exige expresamente que la pretensión de la Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-47405607991020655582016-08-18T17:44:00.000-03:002016-08-18T17:51:55.196-03:00TUTELA ANTICIPADA Y PROCESOS DE TRÁMITE URGENTE (MEDIDAS AUTOSATISFACTIVAS)
1.-Existe
gran confusión entre algunas tutelas diferenciadas, muchas de ellas que se conceden
con carácter cautelar, tales como el denominado “anticipo de tutela”, los
“procesos de trámite urgente” y la
llamada “medida autosatisfactiva”.
2.- Anticipo de tutela. Se otorga en
un proceso principal y es accesoria de Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-89743687194447204022016-05-31T15:48:00.000-03:002016-05-31T15:48:17.163-03:00TRANSACCION Y COSA JUZGADA
El Código
Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCyCN) contempla la transacción en
el título correspondiente a los contratos en particular; a su vez del Código Procesal Civil y Comercial de la
Nación (CPN) la enuncia como uno de los
modos anormales de terminación del proceso (art. 307), mientras que en el
Código Civil derogado se la legislaba como un modo de extinción de las
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-60737877479822977602016-03-30T08:02:00.003-03:002016-04-07T09:21:14.745-03:00DUDAS PROCESALES EN LA REGULACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCAL DE LA NACIÓN
Prescripción adquisitiva
1) En la posesión de buena fe, según el artículo 1903 del CCyCN, se presume, salvo prueba en contrario que la posesión se inicia desde la fecha del justo título o de su registración si ésta es constitutiva, y la sentencia tiene efecto retroactivo al tiempo en que comenzó la posesión, salvo los derechos de terceros interesados de buena fe.
2) En Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-64284585895095465902016-02-25T10:13:00.001-03:002016-03-30T08:24:12.346-03:00LA CARGA DINÁMICA DE LA PRUEBA Y LOS DEBERES DEL JUEZ
El nuevo Código Civil y Comercial consagra el principio de la carga dinámica de la prueba en
los procesos de familia y en los de daños; el artículo 711 de ese Código dispone
que en los procesos de familia la carga
de la prueba recae, finalmente, en quien está en mejores condiciones de probar,
a su vez en el artículo 1735 se expresa que el
juez puede distribuir la carga de la Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-76261445485039319932015-12-08T17:42:00.001-03:002015-12-08T17:54:42.000-03:00EL PRINCPIO DE RAZONABILIDAD
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN)
apela a la “razonabilidad” en diversas
disposiciones. La razonabilidad constituye un principio fundamental del
derecho; Morello la estimaba de especial importancia, elevándolo a la máxima categoría pues es el principio más caro y orientador, el talón de Aquiles
del edificio del derecho; el punto determinante de las proporcionesAnonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-75341396434078005612015-10-05T02:02:00.001-03:002015-10-05T02:02:36.888-03:00¿ACCIÓN AUTÓNOMA O RECURSO DE REVISIÓN?
El
artículo 2564, inc. f) DEL Código Civil y Comercial de la Nación establece en un año el plazo de prescripción
para “la acción autónoma de revisión de la cosa juzgada”. Es la única
referencia en el nuevo Código a esa acción de nulidad.
No se explica la razón que justifica
la inclusión de un plazo de Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-25810976875103804692015-09-07T12:27:00.000-03:002015-09-07T12:27:58.394-03:00FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
Con fecha 6 de agosto del este año 2015
la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo esclarecedor
con relación las discrepancias
doctrinarias sobre la aplicación del nuevo Código a los procesos en trámite
(“D.I.P., V.G. y otro c/Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas”).
En el caso, los Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-58695167640049586022015-07-30T12:06:00.001-03:002015-07-30T12:06:31.895-03:00APLICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL A LOS JUICIOS DE DIVORCIO EN TRÁMITE O CON SENTENCIA DEFINTIVA
Un
tema que preocupa mucho a jueces y abogados es la aplicación del Código Civil y
Comercial a los procesos de divorcio contenciosos que se encuentran en trámite, y también los efectos del nuevo Código con
relación a las sentencia firmes dictadas en esos procesos.
La Cámara de Apelaciones de Trelew,
Provincia del Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-90245796956532583702015-06-11T11:26:00.000-03:002015-06-11T11:26:36.899-03:00APLICACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL A LAS RELACIONES Y SITUACIONES EXISTENTES Y A LOS PROCESOS EN TRÁMITE.
El Código Civil y
Comercial de la Nación que comenzará a regir el 1º de agosto del presente año
2015 (en adelante CCyCN), ya ha dado lugar a discrepancias doctrinarias acerca
de su aplicación a las situaciones y relaciones anteriores y a los procesos
judiciales que se encuentran en trámite. Pueden consultarse la obra de Aída
Kemelmajer de Carlucci, “La aplicación del Código Civil y Comercial aAnonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-82677088848789064812015-05-13T09:29:00.002-03:002015-05-13T09:29:54.172-03:00LAS ACCIONES POSESORIAS EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (en adelante CCyCN)
El
CCyCN legisla sobre las acciones y
defensa de la posesión y la tenencia en los artículos 2238 a 2246 y en este
último dispone que las acciones posesorias tramiten por el proceso de
conocimiento más abreviado que establecen las leyes procesales (en el CPN el
proceso sumarísimo) o el que determine el juez, atendiendo a las circunstancia
del caso,. De tal forma la regulación de los Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-35006212875725677242015-03-31T11:26:00.004-03:002015-03-31T15:22:53.670-03:00NORMAS PROCESALES EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN: OBLIGACIONES
1.-
Bienes inembargables.- El artículo
744 del CCyCN agrega otros bienes a la enumeración que hace el artículo 219 del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
de los bienes excluidos de la
garantía común de los acreedores; entre ellos mencionamos los afectados
a cualquier religión reconocida por el Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-66289121984547156252015-03-11T12:02:00.000-03:002015-03-12T10:12:10.909-03:00LA CONSIGNACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (LEY 26944)
En los artículos 910 a 913, el Código Civil y Comercial que
regirá a partir del día 1º de agosto de este año 2015, legisla sobre la consignación
extrajudicial.
Consideramos
un
logro descargar a los tribunales de algunas actividades que pueden realizarse en forma
extrajudicial; la práctica dirá si el Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-41363415625295824012015-02-19T14:24:00.000-03:002015-02-19T14:36:26.196-03:00LAS OBLIGACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL (ley 26994)
El Código que regirá a partir del 1º de agosto del corriente año 2015, trae
importantes modificaciones al régimen de las obligaciones; nos ocuparemos sólo
de dos: a) los bienes inembargables y b) las obligaciones de dar dinero.-
a)
El artículo 744 del CCyCN agrega otros bienes
a la enumeración que hace el artículo 219 del CPN de los Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-7920642134523147692015-02-03T14:14:00.001-03:002015-02-03T16:17:06.542-03:00MATRIMONIO, UNIONES CONVIVENCIALES Y DIVORCIO EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
A) Disposiciones generales
Los
procesos de familia han merecido especial tratamiento en el Código Civil y Comercial de la
Nación que regirá a partir del 1º de agosto de 2015 (en adelante CCyCN).
Los artículos 705 y ss. del CPCCN tratan las disposiciones procesales
aplicables a Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-24393738183378140962014-11-03T12:57:00.000-03:002014-11-03T13:19:22.724-03:00Ley de Riesgos de Trabajo y sus Reformas por la Ley 26773Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-23766153510523853242014-10-20T09:10:00.002-03:002014-10-20T09:10:55.787-03:00Accidentes Laborales
El Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social está en continua evolución, quizá de manera más rápida que las otras
ramas del Derecho; los derechos del trabajador constituyen una categoría
moderna que integran los denominados de la tercera generación y alcanzaron su
total reconocimiento a partir de la segunda mitad del Siglo XX. Las normas
procesales que tutelan esos derechos dan Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8616031611596407963.post-2244597168176789182014-09-22T08:53:00.004-03:002014-09-22T08:53:27.626-03:00ABUSO DEL DERECHO EN EL PROCESO
El abuso del derecho es un instituto especial
dentro de la Teoría General del Derecho, que no puede ser incluido en otras
figuras con los que tiene algunas
semejanzas pero también diferencias.
El
tema ha atraído la atención de los juristas desde antiguo. El término “abusar” según el
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/15980503421996257552noreply@blogger.com